Link de Pago

No es de extrañarnos, y mucho menos cuando el sistema financiero internacional atraviesa por momentos de difícil recuperación, que el tema del vínculo del Derecho Especial de Giro con el financiamiento del desarrollo se encuentre en primer orden dentro de los asuntos a confrontar en cualquier iniciativa para adaptar el sistema monetario internacional a las presentes circunstancias.

Esta tercera parte trata sobre la propuesta de un Link Orgánico 12/., de pago de la Deuda. Para su desarrollo, se realizarán algunas puntualizaciones sobre la discusión teórica entre los intereses en confrontación, discusión de primerísimo importancia para la estructuración de la propuesta del LINK DE PAGO.

El Link plantea una serie de discusiones de cuyas conclusiones dependerá la puesta en práctica. Estas discusiones parten de la misma conceptualización de la problemática planteada por la existencia de la moneda. Más exactamente, me refiero a la discusión en torno al proceso de creación de liquidez y al proceso de distribución de liquidez 13/.

La separación de los conceptos conlleva evidentemente la señalización de los intereses de las partes en confrontación. Es por esto por lo que se quiere que esta confrontación sea resuelta en el campo de la ejecución del sistema del DEG-Asistencia, ya que durante la instalación del Sistema -DEG, en lo que podría llamarse su primera etapa, el concepto y por consiguiente los intereses que prevalecieron, fueron aquellos relacionados con la creación de liquidez.

Autor: Liborio Orejuela
Sopó, 1986

Sin embargo, parece que el enfoque dado a la instalación del Sitema-Deg, no fuera el necesario para su definitiva implementación; baste recordar que frente a la forma de incrementar la liquidez internacional con todavía más dólares estadounidenses, la iniciativa DEG no ha tenido mayor éxito. Este hecho supone, o bien, que los esfuerzos requeridos para la instalación del Sistema-DEG fueron en vano, ya que siguen primando los intereses monetarios de un sólo país sobre los intereses monetarios de la comunidad internacional, o bien, que el sistema-DEG requiere ser impulsado, hacia una segunda etapa, tentativamente llamada generalización de la aceptación. Por su puesto, es la preferencia de este trabajo suponer lo segundo.

En concordancia con anterior entonces es oportuno comenzar a discutir sobre la distribución de la liquidez, más que sobre su creación.

El mecanismo sugerido será generalizar la aceptación del DEG, implementando el LINK. Las características del LINK DE PAGO serán de tipo orgánico lo que quiere decir que se requiere de una enmienda al Convenio Constitutivo, y será también, de carácter temporal, puesto que será implementado solamente durante el proceso de normalización del problema del endeudamiento. En pocas palabras, se aspira a generalizar la aceptación del DEG, distribuyendo una nueva asignación de los mismos, de tal forma que los países menos desarrollados se vean favorecidos en la medida en que los nuevos DEG, sean destinados a solventar parte del problema de su endeudamiento.

Lo anterior supone incrementar la liquidez internacional tomando como parámetro el índice de endeudamiento de los países en desarrollo.

Observemos entonces, que en esta segunda etapa, generalización de la aceptación, prevalecerá el concepto de distribución de liquidez, utilizándolo con el ánimo de reactivar el Sistema-DEG en la medida en que se enfile a convertir el Derecho Especial de Giro en el principal activo de reserva, como se pretende desde 1976 después de la reunión de Jamaica.

Solo resta decir, que si en el momento oportuno hubiese habido un control que representara de manera equitativa los intereses de todas las economías inmiscuidas en el orden monetario prevaleciente, seguramente la distribución de los nuevos activos de reserva que iban entrando en la órbita de la circulación del dinero, hubieran sido repartidos de manera diferente evitando caer en los grados de concentración de los mismos en las arcas de los países industrializados. Igualmente, se hubiera evitado los índices de endeudamiento de los países del Tercer Mundo, que al ver coartada parte importante de las posibilidades de desarrollo, a causa de la dinámica misma del funcionamiento de los sistemas de financiamiento, no tuvieron otra salida más que tomar la parte que les correspondía del proceso de generación de liquidez por la vía del endeudamiento.

Con lo anterior quiere ser puesto de manifiesto, la necesidad de ofrecer soluciones a la crisis actual que impliquen replanteamientos con respecto al control del incremento de la liquidez internacional por parte de todos los países que hagan uso del instrumento monetario señalado para tal efecto. Se entiende, que esta iniciativa tendrá que desvincularse de toda condicionalidad dictada por los intereses de un país o grupo de países, para poder en esta forma concluir en la única vía legítima que nos conducirá a incrementar la liquidez de acuerdo con la necesidad que se tenga de ella y no según la alternativa que actualmente opera. Efectivamente, ésta no representa más que extrañas ambiciones que distorsionan todo intento de regular el orden monetario internacional a la luz de la Ciencia Económica, arriesgando abandonar toda iniciativa de sana reforma, en la medida en que la encuadra exclusivamente en el área de influencia de los gaseosos sitiales del poder.

Como citar este artículo: 

liborio orejuela "Link de Pago" [en linea]
Dirección URL: https://www.zonaeconomica.com/derecho-especial-giro/link-de-pago (Consultado el 26 de Mar de 2019)



El Derecho Especial de Giro como Vínculo de Pago de la Deuda Externa, Link de Pago